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I. Documentos CSP.

CCuentas Aragón. Informe de 29-12-2015, sobre encargos o encomiendas contractuales, a medios propios, formalizados por la Administración de la C.A. de  Aragón en 2013Ver texto del Informe pdf   Ver resumen CSPpdf

En este informe se tratan, entre otros, aspectos relativos a:

Encomiendas de gestión: marco normativo contractual. Aplicación de los artículos 4.1.n y 24.6 TRLCSP. Descargar resumen  download

Encomiendas de gestión: Ley de contratos vs Ley de procedimiento administrativo común. Si la encomienda recae sobre un objeto propio de un contrato, la regulación de la LRJAP y PAC debe ceder ante lo dispuesto en el TRLCSP. Descargar resumen  download

Encomiendas de gestión: Ley de contratos vs Ley de procedimiento administrativo común. Las encomiendas del TRLCSP son negocios unilaterales, a diferencia de la naturaleza de las encomiendas de la LRJAP y PAC, en las que prima la bilateralidad. Descargar resumen  download

Encomiendas de gestión LRJAP y PAC: entidades participantes. Las encomiendas de la Ley 30/92 solo caben entre órganos administrativos o entes de derecho público. Descargar resumen  download

Encomiendas de gestión: naturaleza instrumental, no contractual, de carácter interno, dependiente y subordinadoDescargar resumen  download

Encomiendas de gestión: encomiendas vs convenios. El objeto de los convenios de ejecución de varias obras, es propio de un contrato de obras, por lo que el objeto está incluido en el ámbito de aplicación del TRLCSP. El convenio no es el instrumento jurídico adecuado para formalizar un encargo de ejecución, ya que el convenio es consecuencia de la libre declaración de voluntad de las partes, mientras que en los encargos de ejecución no hay un acuerdo de voluntades, ya que una de las partes (entidad encomendante) controla la voluntad del ente que, obligatoriamente, tiene que satisfacer la prestación objeto del encargo. Descargar resumen  download

Encomienda de gestión: encomiendas vs transferencias de fondos para el establecimiento de la estructura básica.  Cuando nos encontramos ante encargos consistentes en el desarrollo de una actividad, que suponen la prestación de servicios, nos encontramos ante contratos que pueden, en su caso, ser objeto de una encomienda. No resulta correcta la fórmula de la transferencia, dado que  ésta tiene por finalidad la financiación de la estructura básica. Descargar resumen  download

Encomienda de gestión: encomiendas vs financiación. La encomienda de gestión no puede emplearse como una vía de financiación, máxime si la entidad encomendataria tiene atribuido el ejercicio de sus funciones por Ley. Descargar resumen  download

Encomienda de gestión: materialización de la encomienda.  Las encomiendas se deben formalizar como encargos de ejecución (ajustados al TRLCSP), sin que resulte correcto formalizarlos como: transferencias de financiación, convenios de colaboración o encomiendas de gestión administrativas (artículo 15 LRJAP y PAC). Descargar resumen  download

Entidad encomendataria: requisitos materiales que debe reunir la entidad. El poder adjudicador debe ejercer sobre la entidad que recibe el encargo un control análogo al que despliega sobre sus propios servicios y la entidad adjudicataria debe realizar la parte esencial de su actividad para la encomendante. La condición de medio propio o servicio técnico debe reconocerse expresamente por la norma que las cree o por sus estatutos, debiendo determinar las entidades respecto de las cuales tiene esa condición, y, si el encargo se realiza a una sociedad, la totalidad de su capital debe ser de titularidad pública. Descargar resumen  download

Entidad encomendataria: disponibilidad de medios propios. Las entidades deben disponer de medios propios para llevar a cabo las prestaciones objeto de contrato. La Disposición Adicional 25.6 del TRLCSP establece como límite para TRAGSA, cuando actúe en colaboración de empresarios particulares, que la prestación que realicen éstos debe ser inferior al 50%. Descargar resumen  download

Entidad encomendataria: medios propios vs subcontratación. Las entidades deben disponer de medios propios para llevar a cabo las prestaciones objeto de contrato (subcontratación que no supere el 60%), dado que en caso contrario no deberían recibir encargos. Descargar resumen  download

Encomiendas de gestión: motivación. La razón de ser de las encomiendas debe consistir en poder responder eficazmente a necesidades concretas, atendiendo a criterios relacionados con la especificidad, la complejidad y el carácter técnico de las prestaciones a realizar, a las que pueden dar respuesta los entes instrumentales especialmente habilitados. Descargar resumen  download

Encomiendas de gestión: justificación de la elección frente a otras opciones. En los expedientes debe justificarse la elección del encargo o encomienda (evaluando costes) frente a las opciones de a) ejecutar la prestación con personal propio o b) contratarla directamente por la entidad encomendante. Descargar resumen  download

Encomienda de Gestión: actividad encomendada y ejercicio de autoridad. La aplicación de lo dispuesto en el artículo 301 del TRLCSP, en relación con el artículo 4.2 del mismo texto, limita la posibilidad de efectuar encomiendas que impliquen el ejercicio de autoridad inherente a los poderes públicos. Descargar resumen  download

Encomienda de gestión: objeto y contenido. La definición del objeto de la encomienda requiere la elaboración de una memoria técnica y otra económica, que describan las actuaciones a realizar y su valoración económica. Descargar resumen  download

Encomienda de gestión: actuaciones preparatorias del expediente en su vertiente técnica, jurídico-administrativa y presupuestaria. El expediente deberá comprender los siguientes documentos y actuaciones: a) acuerdo de inicio (que determine y defina necesidades, el objeto y las instrucciones), b) proyecto y presupuesto de las obras o documentación técnica descriptiva del suministro o servicio, c) pliego de prescripciones técnicas, d) documento equivalente al pliego de cláusulas administrativas (informado por la Asesoría Jurídica); e) certificado de existencia de crédito y d) propuesta de aprobación de la encomienda y el gasto. Descargar resumen  download

Encomienda de gestión: aspectos presupuestarios. Resulta necesario disponer de crédito adecuado y suficiente para aprobar el encargo, dado que en caso contrario el acuerdo deviene nulo de pleno derecho, toda vez que se estarían adquiriendo compromisos de gasto por encima del importe de los créditos existentes. Descargar resumen  download

Encomienda de gestión: aspectos presupuestarios (reconocimiento de la obligación). Además de la expedición y cumplimentación de los documentos contables, debe adoptarse el acto administrativo expreso de reconocimiento de la obligación. Descargar resumen  download

Encomienda de gestión: necesidad de informe jurídico. La falta de informe del Servicio Jurídico sobre la regularidad de los aspectos jurídicos de la encomienda supone una importante debilidad de control interno de los encargos que se efectúan. Descargar resumen  download

Encomienda de gestión: notificación de la resolución. Una vez aprobado el encargo y el gasto que origina el encargo, procede notificar a la encomendataria la resolución adoptada. Descargar resumen  download

Entidad encomendante: capacidad para encomendar. Todo poder adjudicador, tengan o no carácter de Administración, puede ser entidad encomendante. Descargar resumen  download

Entidad encomendante: potestades. La entidad encomendante, de forma unilateral, debe definir técnica y económicamente el objeto, dado que es la competente para ordenar la realización de la actividad y fijar las instrucciones y condiciones. Descargar resumen  download

Entidad encomendataria: régimen retributivo, utilización eficiente de los fondos y precio de mercado. En la fijación del importe de la retribución de la encomienda, como en el de los contratos, el valor de mercado constituye un techo infranqueable. Descargar resumen  download

Entidad encomendataria: régimen retributivo, subcontratación y bajas de adjudicación. Las retribuciones de la entidad encomendataria deben fijarse por referencia a tarifas aprobadas, que deben fijar los costes reales. En el caso de que se produzca una subcontratación, las bajas obtenidas en las licitaciones deberían trasladarse a la entidad encomendante. Descargar resumen  download

TRAGSA: régimen retributivo, subcontratación y bajas de adjudicación. Las retribuciones de la entidad encomendataria deben fijarse por referencia a tarifas aprobadas, que deben fijar los costes reales. En el caso de que se produzca una subcontratación, las bajas obtenidas en las licitaciones deberían trasladarse a la entidad encomendante. Descargar resumen  download

Entidad encomendataria: régimen retributivo y efectos de la subcontratación. En aquellos casos en que se acude a la subcontratación de los trabajos encomendados, se produce un incremento del coste respecto de la contratación directa (gastos generales y corporativos de la encomendataria), que debe asumir la entidad encomendante. Descargar resumen  download

Entidad encomendataria: régimen retributivo e IVA. Con carácter general no se encuentran sujetas al IVA las prestaciones de servicios realizadas en virtud de encomiendas de gestión, no obstante, la no sujeción no se aplica a las operaciones que se califiquen como entrega de bienes. En el caso de obras con aportación de materiales, siempre que el coste de tales materiales aportados por la sociedad mercantil exceda del 40 por ciento de la base imponible del Impuesto, tendrán la consideración de entregas de bienes. Descargar resumen  download

Encomiendas de gestión: control de la ejecución. Resulta necesario realizar un control durante la ejecución, en particular, respecto de la subcontratación de la actividad encomendada. Descargar resumen  download

Procedimiento de emergencia: supuestos de hecho determinantes de su aplicación. El examen de los supuestos de aplicación (acontecimientos catastróficos, situaciones de grave peligro o necesidades que afectan a la defensa nacional), dado que se trata de un régimen excepcional, debe realizarse con un criterio de rigor. Las actuaciones se deben limitar a lo estrictamente indispensable para prevenir o remediar los daños derivados de la situación de emergencia. Descargar resumen  download

Recomendaciones.Descargar resumen  download