TCu Informe 1085. PPT aceptación por los licitadores: el cumplimento es un requisito de admisión.

TCu Informe 1085. El PPT: aceptación de su contenido por los licitadores. El cumplimiento de los PPT es un requisito de admisión, que no debe ser objeto de valoración.

“En el informe de valoración de las ofertas del contrato de redacción de proyecto y ejecución de infraestructura de fibra óptica (número 8 del Anexo II), celebrado por el Ayuntamiento de Alcázar de San Juan (Ciudad Real), referido al criterio “solución técnica”, dependiente de un juicio de valor, se valoró el cumplimiento del PPT por las ofertas asignándose puntuaciones por este concepto, lo que no estaba contemplado en el pliego al ser un requisito que debían cumplir todas las ofertas para su admisión, como el propio PPT establecía al señalar que “no se valorará ninguna oferta que no se ajuste estrictamente al pliego de condiciones técnicas indicado, permitiendo mejoras en el mismo, pero nunca en detrimento de otras características ya indicadas en el pliego”. 

 

Ver documento completo  pdf