TCu Informe 1085. Medios y umbral para acreditar la solvencia: deben figurar en el PCAP

TCu Informe 1085. Criterios de solvencia. Resulta necesario concretar en los PCAP los medios y el umbral mínimo que, posteriormente, permita valorar la solvencia de las entidades licitadoras.

“En el PCAP del contrato de explotación de un centro de transportes de vehículos pesados, mercancías peligrosas, servicios y prestaciones anexas (número 16 del Anexo II), celebrado por el Ayuntamiento de Puertollano (Ciudad Real), no se concretaron los medios acreditativos de la solvencia económica, financiera y técnica, no cumpliendo lo dispuesto en el artículo 74 del TRLCAP. La mesa de contratación, en su sesión de 6 de junio del 2012, excluyó a dos licitadores por incumplimiento de los requisitos mínimos de solvencia, que no se habían incluido previamente en el pliego.

(…) Este pliego no especificó los requisitos de solvencia que debían reunir los empresarios ni la documentación requerida para acreditarla, lo que debería haberse hecho según lo dispuesto en el artículo 62.2 del TRLCSP.

(…) Los PCAP de los contratos número 49 y 53 del Anexo II, de servicio de conservación y gestión energética del alumbrado público y de explotación del tren turístico en el municipio de Toledo, celebrados por el Ayuntamiento de esa localidad, no determinaron los medios para la acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica de los licitadores, lo que debió constar con arreglo al artículo 74.1 del TRLCSP”. 

 

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